Nuestra actividad consiste en prestar un apoyo financiero especializado a favor de las empresas establecidas o que se establezcan en la provincia de Teruel y que desarrollen proyectos empresariales con viabilidad técnica, económica y financiera.
El objetivo es proporcionar a la empresa privada la financiación estable necesaria para el desarrollo de su proyecto y actividad, principalmente mediante dos instrumentos financieros:
- La participación temporal y minoritaria en el capital social
- Préstamos participativos.
Además de proporcionar los recursos financieros necesarios para llevar a cabo un proyecto empresarial concreto, también a portamos un valor añadido en forma de apoyo gerencial y seguimiento del Plan de negocio durante el tiempo de permanencia en su capital. Ese valor añadido se materializa en forma de acompañamiento y profesionalización de la gestión de la empresa, la mejora de la imagen ante proveedores, clientes y administraciones, la mejora en la situación ante entidades financieras.
A) Participación en el capital.
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Participaciones minoritarias.
El volumen de inversión por proyecto no será inferior a 300.000 Euros.
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Participación temporal en las empresas.
El periodo de acompañamiento de nuestras inversiones esta comprendido entre los 5 y los 7 años (según proyectos).
Ventajas:
- En general, no es necesaria la aportación de garantías adicionales a las que aporta el propio proyecto empresarial.
- El momento de la venta de su participación a los socios y el precio están pactados inicialmente.
- El promotor mantiene el control de la empresa.
- Ayuda a incrementar la cifra de recursos propios de la empresa.
(Excepcionalmente se podrán modificar los citados criterios para dar cabida a proyectos cuyas características específicas así lo requieran).
B) Préstamos participativos.
Se trata un instrumento financiero que proporciona recursos a largo plazo a la empresa y que está regulado por el Art. 20 del Real Decreto-Ley 7/1996, de 7 de junio, sobre medidas urgentes de carácter fiscal y de fomento y liberalización de la actividad económica y por la Ley 10/1996, de 18 de diciembre, de Medidas Fiscales Urgentes.
La característica principal es que la entidad prestamista (SUMA Teruel) percibirá un interés fijo o independiente de los resultados de la empresa (vinculado al Euribor) y un interés variable que se determinará en función de la evolución de la actividad de la empresa prestataria. De esta forma que lo que paga la empresa en concepto de intereses, se adaptará a la situación económica de la misma a lo largo del desarrollo del proyecto empresarial.
Condiciones de financiación vía préstamos participativos:
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Importe mínimo 300.000 Euros
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Vencimiento entre 5 y 7 años y con posibilidad de hasta 2 años de carencia.
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Tipos:
Tramo “fijo” o independiente de los resultados y vinculado al Euribor.
Tramo variable: Se calcula siguiendo la siguiente fórmula.
Resultado antes de impuestos x 100 x 0.2 / Capital Social + Saldo vivo del préstamo participativo.
(Cifras referidas a la fecha de cierre del ejercicio)
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Comisión de apertura del 0.5% del nominal.
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Comisión por cancelación anticipada del 2% de la cantidad amortizada.
Ventajas:
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En general, no es necesaria la aportación de garantías adicionales a las que aporta el propio proyecto empresarial.
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Los préstamos participativos en orden a la prelación de créditos, se situarán después de los acreedores comunes.
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Los préstamos participativos tienen la consideración de fondos propios a los efectos de la legislación mercantil.
C) Otras formulas de financiación
SUMA Teruel ofrece al emprendedor/empresario otras soluciones financieras acordes a las características del proyecto que desea desarrollar.